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Obra pública

Image by Scott Graham

Retorno de capital invertido (contratos de obra pública)

Toda vez que al Estado le resulta imposible realizar todas sus actividades por cuenta propia, para lograrlo recurre a la contratación con los particulares, realizando así procedimientos de licitación o adjudicación, y posteriormente formalizando un contrato de naturaleza pública, el cual, genera derechos y obligaciones para ambas partes, lo que deriva en que, en un principio, los particulares lleven a cabo acciones e inviertan capital a efecto de cumplir con lo pactado. 

 

Sin embargo, de forma frecuente y por diversas circunstancias, no se reciben las contraprestaciones a la que se tienen derecho, lo que trae como consecuencia la afectación patrimonial a la persona física o jurídica. Por ello, es necesario que al actualizarse esta situación, los particulares a la prontitud insten los medios legales para recibir la contraprestación pactada, los gastos financieros y en su caso, una indemnización por ese hecho.

Autoridad

Secretaría de Obras Públicas 

Promoción de medios de defensa

  • Recurso de inconformidad

  • Juicio contencioso administrativo (local y federal)

  • Juicio de amparo (indirecto y directo)

Actos susceptibles de ser impugnados

  • Resolución que niegue el pago del adeudo o la omisión en dar respuesta a la petición planteada (negativa ficta) 

  • Rescisión anticipada de contrato 

  • Procedimiento de licitación

Obra pública: Servicios
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